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Exención de opciones comunitarias de Medicaid de Luisiana

Última actualización: 30 de noviembre de 2023

Descripción general de la exención de opciones comunitarias de Medicaid de Luisiana

La Exención de Opciones Comunitarias de Luisiana, abreviada como CCW o CC Waiver, brinda servicios domiciliarios y comunitarios (HCBS) para personas mayores y adultos con discapacidades (adultos en el set) que corren el riesgo de ser admitidos en un asilo de ancianos. Con el objetivo de ayudar a estas personas a permanecer en casa o en la comunidad, se encuentra disponible una variedad de servicios y apoyos a largo plazo. Estos incluyen asistencia de cuidado personal, modificaciones en el hogar, cuidados de relevo, guarderías para adultos, entrega de comidas a domicilio y servicios de transición para residentes de hogares de ancianos que pueden regresar a la comunidad con apoyo. Otro apoyo disponible es el cuidado supervisado en el hogar (MIHC), que se puede considerar de manera similar al cuidado de crianza de adultos. Con MIHC, un participante del programa vive en una casa privada con un cuidador principal y recibe asistencia para el cuidado. Al cuidador, que puede ser un amigo o un familiar, incluido un hijo adulto o su cónyuge, se le paga por brindar atención.

También existe flexibilidad de proveedores para las personas que reciben servicios de asistencia personal, ya que este tipo de atención puede estar dirigida al consumidor. En lugar de recibir servicios de un proveedor de atención autorizado, un participante del programa puede contratar a su propio “cuidador”. Al igual que con MIHC, se pueden contratar familiares, como un hijo mayor o un cónyuge. Una agencia de servicios de gestión financiera se encarga de los aspectos financieros de las responsabilidades laborales, como la retención de impuestos y los pagos a los cuidadores.

Los servicios de CWW se pueden recibir en el propio hogar, en el hogar de un ser querido, en una residencia de vida asistida o en un hogar de crianza para adultos. Un participante del programa que reside en una vida asistida o en un hogar de cuidado de crianza para adultos no puede recibir servicios de CWW, como asistencia de cuidado personal, si ya los está recibiendo en estos entornos.

CWW no es un programa de derechos; cumplir con los requisitos de elegibilidad no equivale a la recepción inmediata de los beneficios del programa. En cambio, hay un número limitado de espacios para la inscripción de participantes y, cuando estos espacios están llenos, se forma una lista de espera para participar en el programa. Específicamente para Los Ángeles, esto se llama Registro de Solicitud de Servicios.

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Alternativas a la lista de espera: ¿Está interesado en conectarse con un profesional de planificación de Medicaid para analizar alternativas a la exención de opciones comunitarias de Luisiana? Las listas de espera pueden durar de meses a años, pero existen otros programas de Medicaid que ofrecen atención inmediata fuera de los hogares de ancianos.

La Exención de Opciones Comunitarias de Luisiana es una Exención de Medicaid de Servicios Basados ​​en el Hogar y la Comunidad (HCBS) 1915(c). CCW reemplazó la Exención para adultos mayores y discapacitados (EDA).

Luisiana ofrece otro programa, Servicios de cuidado personal a largo plazo (LT-PCS), mediante el cual se ofrece cuidado personal a domicilio. Sin embargo, no se puede recibir asistencia simultáneamente de CWW y LT-PCS.

Beneficios de la exención de opciones comunitarias

A continuación encontrará una lista de servicios y apoyos a largo plazo disponibles a través de la Exención de Opciones Comunitarias. Un plan de atención individual determina qué servicios y apoyos recibe un participante del programa.

– Atención médica diurna para adultos: supervisión y atención diurna en un entorno de grupo comunitario
– Dispositivos de asistencia: incluye sistemas personales de respuesta a emergencias, dispositivos de administración de medicamentos y monitoreo del estado de salud.
– Tecnología de asistencia
– Coordinación de atención / Gestión de casos
– Comidas entregadas a domicilio: incluye comidas médicamente adaptadas y asesoramiento nutricional.
– Modificaciones en el hogar, es decir, rampas para sillas de ruedas, salvaescaleras, duchas adaptadas para silla de ruedas, lavabos de pedestal.
– Servicios de Estabilización de Vivienda
– Servicios de transición de vivienda/intervención en crisis
– Suministros médicos
– Servicios de cuidado monitoreado en el hogar (MIHC): la asistencia con las actividades diarias la proporciona un cuidador residente
– Servicios de enfermería
– Servicios de asistencia personal: asistencia con actividades de la vida diaria (AVD) y actividades instrumentales de la vida diaria (IADL), es decir, bañarse, vestirse, moverse, preparar comidas, comer, hacer limpieza ligera de la casa, comprar lo esencial.
– Servicios de terapia de mantenimiento especializada, es decir, física, ocupacional, del habla y del lenguaje.
– Atención de relevo (llamada Servicio de apoyo temporal para cuidadores): atención a corto plazo, en el hogar y fuera del hogar para aliviar al cuidador principal.
– Coordinación de apoyo intensivo de transición: para personas que regresan de un hogar de ancianos a la comunidad
– Servicios de transición: cobertura de gastos únicos (es decir, depósito de seguridad, tarifas de instalación de servicios públicos, muebles esenciales para el hogar) para ayudar a uno a mudarse a la comunidad desde un hogar de ancianos.

Los participantes del programa que reciben servicios de cuidado monitoreados en el hogar no pueden recibir atención médica diurna para adultos, comidas entregadas a domicilio ni servicios de asistencia personal.

Si bien los servicios pueden brindarse en residencias de vida asistida y hogares de cuidado de crianza para adultos, la exención CC no cubre el costo del alojamiento y la comida.

Requisitos de elegibilidad para la exención de opciones comunitarias de Medicaid de Luisiana

CCW es para residentes de Luisiana que son personas mayores (mayores de 65 años) o menores (entre 21 y 64 años) si están físicamente discapacitadas y corren el riesgo de ser internadas en un asilo de ancianos. Las personas con discapacidades que se inscriban antes de cumplir 65 años pueden continuar recibiendo los servicios de exención al cumplir 65 años. Los criterios de elegibilidad adicionales para personas mayores de 65 años son los siguientes:

El Consejo Estadounidense sobre el Envejecimiento ofrece una prueba de elegibilidad para Medicaid rápida y sencilla para las personas mayores de Luisiana que requieren atención a largo plazo. Empieza aqui.

Criterios financieros: ingresos, activos y propiedad de vivienda

Ingreso
El límite de ingresos del solicitante equivale al 300% de la Tasa de Beneficios Federales (FBR), que aumenta anualmente en enero. En 2024, un solicitante, independientemente de su estado civil, podrá tener un ingreso mensual de hasta $2,829. Cuando ambos cónyuges son solicitantes, cada cónyuge se considera individualmente y a cada cónyuge se le permiten ingresos de hasta $ 2,829 / mes. Cuando solo uno de los cónyuges es solicitante, los ingresos del cónyuge que no es solicitante no se cuentan para la elegibilidad de ingresos de su cónyuge. Además, los ingresos mensuales del cónyuge solicitante se pueden transferir al cónyuge no solicitante como Asignación de Ingresos Conyugales, también llamada Asignación por Necesidades de Manutención Mensual. En 2024, el monto máximo que se puede transferir es $3,853.50/mes y tiene como objetivo asegurar que el cónyuge no solicitante tenga un ingreso mensual mínimo de este monto. Los cónyuges no solicitantes que tengan ingresos propios iguales o superiores a esta cantidad no tienen derecho a la Asignación por Ingresos Conyugales.

Las personas que superan los límites de ingresos y/o bienes aún pueden calificar para la Exención de Opciones Comunitarias.

Activos
En 2024, el límite de activos es de $2,000 para un solo solicitante. Para parejas casadas, con ambos cónyuges como solicitantes, el límite de bienes es de $3,000. Cuando solo uno de los cónyuges es solicitante, los bienes tanto del solicitante como del no solicitante siguen siendo limitados. Esto se debe a que Medicaid considera que los bienes de una pareja casada son de propiedad conjunta. En este caso, el cónyuge solicitante puede retener hasta $2,000 en activos y al cónyuge no solicitante se le asigna una porción mayor de los activos de la pareja como Asignación de Recursos para el Cónyuge Comunitario (CSRA). En 2024, la CSRA permite que el cónyuge no solicitante retenga hasta $154,140.

Algunos activos no se cuentan para el límite de activos de Medicaid. Estos generalmente incluyen la vivienda principal del solicitante, muebles y electrodomésticos, efectos personales y un vehículo.

Los activos no deben regalarse ni venderse por debajo del valor justo de mercado dentro de los 60 meses posteriores a la solicitud de Medicaid para cuidados a largo plazo. Esto se debe a que Medicaid tiene una regla de retrospectiva y violarla resulta en un período de penalización de inelegibilidad para Medicaid.

Para determinar si podría tener activos que superen el límite contable de Medicaid y, de ser así, recibir una estimación del monto, utilice nuestra Calculadora de gastos.

Propiedad de la vivienda
La casa es a menudo el activo más valioso que posee un solicitante de Medicaid, y muchas personas temen que LA Medicaid se la lleve. Afortunadamente, para fines de elegibilidad, Medicaid considera el hogar exento (no contable) en las siguientes circunstancias.

– El solicitante vive en la casa o tiene “intención” de regresar a casa, y en 2024, su interés sobre el valor líquido de la vivienda no supera los $713,000. El valor líquido de la vivienda es el valor actual de la vivienda menos cualquier hipoteca pendiente. El interés accionario es la parte del valor líquido de la vivienda que pertenece al solicitante.
– El solicitante tiene un cónyuge que vive en el hogar.
– El solicitante tiene un hijo menor de edad (menor de 21 años) que vive en el hogar.
– El solicitante tiene un hijo ciego o discapacitado que vive en el hogar.

Si bien es probable que la casa esté exenta mientras uno recibe los beneficios de Medicaid, es posible que no esté a salvo del Programa de Recuperación de Patrimonio de Medicaid. Obtenga más información sobre el potencial de que Medicaid se lleve el hogar.

Criterios médicos: necesidad funcional

El solicitante debe exigir un nivel de atención en un centro de enfermería (NFLOC). Para CCW, se utiliza la herramienta de evaluación de atención domiciliaria interRAI para tomar esta determinación. Hay varios factores que se consideran al determinar este nivel de necesidad de atención. Esto incluye la capacidad/incapacidad del solicitante para completar de forma independiente sus actividades de la vida diaria (AVD) (es decir, transferirse de la cama a una silla, movilidad, comer, ir al baño), condiciones médicas inestables, la necesidad de terapias de rehabilitación y problemas cognitivos. como deficiencias de memoria a corto plazo y dificultades para tomar decisiones cotidianas, que se observan comúnmente en personas con enfermedad de Alzheimer o una demencia relacionada. Un diagnóstico de demencia en sí mismo no significa que uno se reunirá con un NFLOC.

Obtenga más información sobre Medicaid de atención a largo plazo en Luisiana.

Clasificación cuando se superan los límites

Tener ingresos y/o activos por encima de los límites de Medicaid no significa que un solicitante aún no pueda calificar para LA Medicaid. Existe una variedad de estrategias de planificación que se pueden utilizar para ayudar a personas que de otro modo no serían elegibles a ser elegibles. Algunas de estas estrategias son bastante fáciles de implementar y otras extremadamente complejas. A continuación se muestran los más comunes.

Exceso de ingresos
Luisiana permite la “exención de gastos reducidos” para los solicitantes de exención de opciones comunitarias que tienen ingresos superiores al límite de ingresos de Medicaid. Esto también se llama Programa de servicios basados ​​en el hogar y la comunidad para personas con necesidades médicas de gasto reducido y permite a las personas gastar su ingreso “excedente” en gastos médicos para volverse elegibles por ingresos. Los gastos permitidos pueden incluir primas de atención médica, como la Parte B de Medicare, y gastos de atención médica no cubiertos por un tercero. Además, el costo anticipado de los servicios prestados a través de CCW puede considerarse un gasto médico. Para calificar a través de esta vía, los gastos médicos deben ser mayores que su ingreso “excedente”. Los participantes del programa pueden mantener una asignación para necesidades personales de $2829 al mes (en 2024).

Exceso de activos
Cuando las personas tienen activos por encima de los límites, los Fideicomisos Funerarios Irrevocables (IFT) son una opción. Los IFT son fideicomisos prepagos para gastos funerarios y de entierro que Medicaid no cuenta como activos. Las personas también pueden “gastar” activos en mejoras en el hogar (es decir, actualizar la plomería, reemplazar un calentador de agua), modificaciones en el hogar (es decir, agregar un dormitorio en el primer piso, agregar barras de apoyo) y reemplazar un automóvil viejo por uno más nuevo. Hay muchas otras opciones cuando el solicitante tiene bienes que exceden el límite.

Planificación inadecuada o implementación inadecuada de una planificación de Medicaid…